Por Julián Arturo de Diego.
Titular y fundador del Estudio De Diego y Asociados. Director del Posgrado en Conducción en Recursos Humanos en la UCA. Profesor Titular de Derecho del Trabajo en la UCA.
El mobbing o acoso laboral en el trabajo es una versión corregida y aumentada del bulling o acoso en el colegio o en la universidad. En estudios que relacionan ambos fenómenos, permiten concluir que el acosador laboral desarrolló su patología en la escuela o en la universidad, y luego busca un empleo donde pueda ejercer el mismo proceso de dominación y sojuzgamiento de un tercero, en un contexto de opresión y de control.
El
acoso escolar también conocido como hostigamiento escolar, es cualquier forma
de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre escolares de forma
reiterada a lo largo de un tiempo determinado tanto en el aula, como a través
de las redes sociales, lo que se conoce como ciberacoso.
Es
una forma de tortura generada por un acosador contra una o más víctimas, que
suelen contar con el silencio, la indiferencia y hasta con la complicidad de
otros que lo apoyan o lo incentivan. Estadísticamente, el tipo de violencia
dominante es el emocional y se da mayoritariamente en el aula y patio de los
centros escolares. Los protagonistas de los casos de acoso escolar suelen ser
niños y niñas en proceso de entrada en la adolescencia, aún cuando el bullyng
se extiende a la universidad.
El
acoso escolar es una forma característica y extrema de violencia escolar, y de
la opresión verbal, se puede pasar a la agresión física, provocando lesiones
graves y hasta en casos de descontrol colectivo la muerte. Las causas
generalmente revelan envidia, egoísmo y complejo de inferioridad respecto de la
víctima. En algunos casos, la dureza de la situación puede acarrear para la
víctima la idea del suicidio y su materialización.
El
psicólogo Dan Olweus es el primer estudioso del tema, y como tal comienza a
preocuparse de la violencia escolar en su país, Noruega, en 1973 y se vuelca a
partir de 1982 en el estudio del tema a raíz del suicidio de tres jóvenes en
ese año. En Europa se estaba trabajando ya en los países nórdicos, también en
Inglaterra en donde existen tribunales los bully coufls o tribunales escolares,
creados en el Reino Unido. Allí existe desde 1989 una línea directa a la que
acuden aquellos que quieran consejos sobre situaciones de acoso escolar.
El
acoso laboral o acoso moral en el trabajo, conocido comúnmente a través del
término inglés mobbing: asediar, acosar,
acorralar
en grupo, es tanto la acción de un hostigador u hostigadores
conducente a producir miedo, terror, desprecio o desánimo en el trabajador
afectado hacia su trabajo, lo que trae como efectos directos desequilibrios
psicosomáticos, que lo pueden invalidar para el trabajo. El científico sueco
Heinz Leymann investigó el fenómeno en la década de 1980, y fue quien utilizó
por primera vez el término mobbing para referirse al problema.
Otros
autores destacados en el estudio del acoso moral y del mobbing son la francesa
Marie-France Hirigoyen. El acoso laboral como riesgo psicosocial podría ser
confundido con otra manifestación patológica laboral denominada síndrome
del trabajador quemado, o burnout. Sin embargo no
representan el mismo fenómeno, pues literalmente el burn-out significa estar
quemado o desgastado por circunstancias actitudinales o
características inherentes a la profesión o el trabajo, el cual genera en el
trabajador una intensa demanda en el aspecto emocional, exigencia muy común
entre maestros o enfermeras, por citar dos ejemplos.
Esta
persona o grupo de personas reciben una violencia psicológica injustificada a
través de actos negativos y hostiles dentro o fuera del trabajo por parte de
grupos sociales externos, de sus compañeros (acoso horizontal,
entre iguales), de sus subalternos (en sentido vertical ascendente) o de sus
superiores (en sentido vertical descendente, también llamado bossing, del
inglés boss, jefe). Dicha violencia psicológica se produce de forma sistemática
y recurrente durante un tiempo prolongado, a lo largo de semanas, meses e
incluso años, y a la misma en ocasiones se añaden accidentes
fortuitos y hasta agresiones físicas, en
los casos más graves.
Una
situación de acoso muy prolongada en el tiempo, además de enfermedades o
problemas psicológicos, puede desembocar, en situaciones extremas, en el
suicidio de la víctima. Lo que se pretende en último término con este
hostigamiento, intimidación o perturbación o la conjugación de todas ellas, es
el abandono del trabajo por parte de la víctima o víctimas,
la cual es considerada por sus agresores como una molestia o amenaza para sus
intereses personales como la necesidad de extorsión, ambición de poder, de
riquezas, posición social, o simplemente por el mantenimiento del statu quo.
Entre
los medios y las causas se incluye el uso de las nuevas tecnologías y en
especial las redes sociales, y el correo por Internet, y la facilidad y
ductilidad de las conexiones telemáticas. Curiosamente, nuestro sistema legal
no prevé el mobbing dentro del ámbito laboral, y solo se han dictado normas
programáticas que no tuvieron eco en el Parlamento. En cambio muchas empresas
cuentan con sistemas de denuncia confidenciales, con procedimientos de
investigación, con tutores para los damnificados y se adoptan medidas
disciplinarias y hasta el despido con los acosadores.
2 comentarios:
Felicitar a Ud. por este blog donde podemos informarnos y ayudar a prevenir el Acoso. Creo debemos ser solidarios con todas aquellas practicas que degraden o hagan de un ser humano una victima de algo psicológico, violento, agresivo,moral. sexual entre otros.
http://acoso-laboral-alerta-uruguay.blogspot.com/
Me alegro que este espacio pueda ser útil. Muchas gracias por sus comentarios.
Saludos
Guillermo
Publicar un comentario